Responsabilidad penal de las personas jurídicas en el Ecuador

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Con la vigencia del Código Orgánico Integral Penal (COIP) en Ecuador, surgió una nueva figura que rompe los esquemas clásicos del Derecho Penal: la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas; nueva tendencia que se asienta en los artículos 49 y 50 del mentado cuerpo legal, dejando en claro que no se esta incorporando la locura de asumir que una persona jurídica actúe con conciencia y voluntad en el cometimiento de un delito, sino que opera en el sentido de castigar los actos en los que los administradores o ejecutivos de una persona jurídica, cometen delitos en beneficio de esta o de sus asociados, responsabilidad que es independiente a la de las personas naturales que intervengan en la comisión del delito.
En el presente artículo haré básicamente un resumen de los delitos en los que una persona jurídica se puede ver beneficiada, indicando que estos son taxativos, es decir, no puede iniciarse un proceso penal contra la persona jurídica por un delito que no se encuentre debidamente tipificado, siendo estos:
Graves violaciones a los derechos humanos y delitos contra el Derecho Internacional Humanitario – Pena: extinción de la persona jurídica
-Etnocidio
-Exterminio
-Esclavitud
-Deportación o traslado forzoso
-Desaparición forzada
-Ejecución extrajudicial
-Persecución
-Apartheid
-Agresión (fuera casos previstos NN. UU)
-Lesa humanidad
Trata de personas – Pena: multa de 100 a 1.000 Salarios Básicos Unificados (SBU) y la extinción de la misma.
Diversas clases de explotación – Pena: multa de 10 a 1.000 SBU y extinción. 
-Extracción y tratamiento ilegal de órganos y tejidos
-Tráfico de órganos
-Publicidad de tráfico de órganos
-Realización de procedimientos de transplante sin autorización
-Turismo para la extracción, tratamiento ilegal o comercio de órganos
-Pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes
-Comercialización de pornografía con utilización de niñas, niños o adolescentes
-Trabajos forzados u otras formas de explotación laboral
-La promesa de matrimonio o unión de hecho servil
-Adopción ilegal
-Empleo de personas para la mendicidad
Delitos contra los derechos de libertad – Pena: varia según el delito
-Ocupación, uso ilegal del suelo o trafico de tierras – Pena: multa de 100 a 200 SBU y extinción de la persona jurídica.
-Insolvencia fraudulenta – Pena: clausura definitiva de los locales y una multa de 50 a 100 SBU
Delitos contra la migración – Pena:  extinción de la persona jurídica
-Tráfico ilícito de migrantes
Delitos contra los derechos del buen Vivir – Pena: varia según el delito
-Producción, fabricación, comercialización y distribución de medicamentos e insumos caducados – Pena: multa de 30 a 50 SBU y extinción de la persona jurídica
-Desatención del servicio de salud – Pena: multa de 30 a 50 SBU y clausura temporal 
Delitos contra los derechos de los consumidores, usuarios y otros agentes del mercado – Pena: multa de 10 a 12 SBU
-Engañar al comprador respecto a la identidad o calidad de los productos o servicios vendidos
Delitos contra el derecho a la cultura – Pena: disolución de la persona jurídica
-Destrucción de bienes del patrimonio cultural
Delitos contra el derecho al trabajo y la seguridad social – Pena: varia según el delito
-Retención ilegal de aportación a la seguridad social – Pena: clausura de sus locales o establecimientos, hasta que cancele los valores adeudados. 
-Falta de afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad social por parte de una persona jurídica – Pena: intervención de la autoridad competente, multa de 3 a 5 SBU por cada empleado no afiliado siempre que no se abone el valor respectivo dentro del término de 48 horas después de haber sido notificado. 
Delitos contra el ambiente y la naturaleza o Pacha Mama – Pena: varia según el delito
-Invasión de áreas de importancia ecológica – Pena: multa de 100 a 300 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales.
-Incendios forestales y de vegetación – Pena: multa de 100 a 300 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales.
-Delitos contra la flora y fauna silvestre – Pena: multa de 100 a 300 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales.
-Delitos contra los recursos del patrimonio genético nacional – Pena: multa de 200 a 500 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales.
-Delitos contra el agua – Pena: multa de 200 a 500 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales.
-Delitos contra el suelo – Pena: multa de 200 a 500 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales.
-Contaminación del aire – Pena: multa de 100 a 300 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales.
-Gestión prohibida o no autorizada de productos, residuos, desechos o sustancias peligrosas – Pena: multa de 100 a 300 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales.
-Falsedad u ocultamiento de información ambiental – Pena: multa de 100 a 300 SBU, clausura temporal, comiso y remodelación de daños ambientales. 
Delitos contra los recursos no renovables – Pena: multa de 500 a 1.000 SBU
-Actividad ilícita de los recursos mineros
-Financiamiento o suministro de maquinarias para la extracción política de recursos mineros
-Paralización del servicio de distribución de combustibles
-Adulteración de la calidad o cantidad de productos derivados de hidrocarburos, gas licuado o biocombustible
-Almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal o mal uso de productos derivados de hidrocarburos gas licuado o biocombustible
-Almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos en las provincias fronterizas, puertos marítimos o fluviales o mar territorial
-Sustracción fraudulenta o clandestina de hidrocarburos
Delitos contra la responsabilidad ciudadana “Delitos económicos y contra el sistema financiero” – Pena: varia según el delito
-Defraudación tributaria – Pena: multa de 50 a 100 SBU y extinción de la persona jurídica
-Pánico económico – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Agiotaje – Pena: multa de 100 a 200 SBU
-Usura – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Divulgación de información financiera reservada – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Ocultamiento de información – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Falsedad de información – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Defraudaciones bursátiles – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Falsedad documental en el mercado de valores – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Autorización indebida de contrato de seguro – Pena:  multa de 200 a 500 SBU
-Operaciones indebidas de seguros – Pena: multa de 100 a 200 SBU
-Lavado de activos – Pena: multa de 500 a 1.000 SBU y clausura definitiva del local
-Incriminación falsa por lavado de activos – Pena: multa de 100 a 200 SBU
-Omisión de control de lavado de activos – Pena: multa de 100 a 200 SBU
-Simulación de exportaciones o importaciones – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Pánico financiero – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Captación ilegal de dinero – Pena: multa de 200 a 500 SBU
-Falsedad información financiera – Pena: multa de 200 a 500 SBU
Infracciones de tránsito – Pena: varia según el delito
-Muerte causada por conductor en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan – Pena: responsabilidad civil solidaria operadora de transporte
-Muerte culposa – Pena: responsabilidad civil solidaria operadora de transporte
-Muerte provocada por negligencia de contratista o ejecutor de obra – Pena: multa y sanción civil para persona jurídica.
Con estos antecedentes, la recomendación es instruir a los directivos y trabajadores en consideración a la actividad que realicen sobre las acciones u omisiones que podrían acarrear consecuencias penales para ellos y para la persona jurídica.
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Nicolás R. Muñoz

Advertencia: La presente publicación no es ni podrá ser usado como asesoría u opinión legal, ya que es meramente informativa.




One Comment so far:

  1. Marcia Idrovo dice:

    Muy buena información.